Voluntariado virtual


¡Así no! Petición al presidente del gobierno para que retire la reforma laboral

País
Fecha límite Inscripción 31/03/2011
Categoría Ciberacciones
Avalot-Joves de la UGT de Catalunya, Asociación
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Descripción

Descripción Después de las manifestaciones masivas del 29 de septiembre y de la huelga general que ha tenido bastante apoyo se muestra que la Reforma Laboral que se ha realizado tiene una contestación social.

• La reforma laboral no crea empleo: con la misma normativa laboral, la tasa de desempleo en el norte de España difiere notablemente del levante y del sur.

• La creación de empleo exige una política global de reforma del sistema financiero que dote de liquidez a las empresas y a los particulares.

• Nos aleja del cambio de modelo productivo. La competitividad de nuestra economía se sigue basando en la reducción de costes laborales, y no en la innovación, la formación y el empleo de calidad, elementos claves para incrementar la productividad. No son los trabajadores españoles los improductivos, es el modelo en el que está sustentado nuestro mercado de trabajo.

• La reforma ni ha reducido ni va a reducir la dualidad en el mercado de trabajo. Al contrario, en los tres meses que ha estado en vigor el RDL se constata que los escasos contratos suscritos han sido de carácter temporal, lo que acredita que las medidas adoptadas en contratación temporal son
profundamente insuficientes e inadecuadas.

• La reforma abarata y facilita el despido, amplía las posibilidades del empresario para utilizar esta decisión extrema, y debilita un control judicial efectivo, a causa de medidas como la ampliación de la facultad del empresario para reconocer la improcedencia de la extinción sin causa, la ampliación de los supuestos del contrato de fomento de la contratación indefinida y la subvención por un organismo público de una parte de las indemnizaciones.

• Refuerza el poder unilateral del empresario para modificar las condiciones laborales de los trabajadores, aunque estén establecidas en una norma laboral de eficacia general como es el convenio colectivo, en tanto que se permite justificar la decisión en causas basadas en simples
previsiones de futuro.

• Aumenta el poder de dirección empresarial para descolgarse de los incrementos salariales pactados en los convenios colectivos sectoriales, sin que éstos puedan establecer, como se hacía hasta la reforma, las condiciones y procedimientos de inaplicación salarial.

• Se introducen reformas en materia de formación para el empleo que alteran el actual sistema de formación para el empleo. Las modificaciones introducidas afectan a la formación para el empleo y a su actual regulación, Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y ordenes de desarrollo, que es fruto
de la negociación bipartita entre los agentes sociales y tripartita entre estos y el Gobierno.

• No introduce medidas efectivas en materia de igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres. La generalidad de las medidas contempladas en la Ley en esta materia son modificaciones puramente formales.

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Subcategorías Derechos Humanos
Fecha de inicio 19/10/2010
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