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¡Por mí, por tod@s mis compañer@s, por nuestros derechos lo primero!

10/12/2019

El 10 de diciembre se celebra el Día Internacional de los Derechos Humanos que este año coincide con el 70º aniversario de la Declaración Universal de los DDHH. ¿Qué te parece la idea de hacer voluntariado esta navidad por los derechos de tod@s?

 


 


El artículo I de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que “Tod@s los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. La escritora y política Eleanor Roosevelt dice que los derechos comienzan en “en lugares tan próximos y tan pequeños que no aparecen en ningún mapa. (…) Si esos derechos no significan nada en estos lugares, tampoco significan nada en ninguna otra parte (…)”.

Este año, además del Día de los Derechos Humanos, se celebra el 70º aniversario de la Declaración Universal de los DDHH; el documento que más se ha traducido (a un total de 500 idiomas y en lengua de signos). La declaración refleja todo el espectro de valores universales, destacando especialmente la equidad, la justicia y la dignidad con la que deben contar todas las personas del mundo, independientemente de su raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Están alineados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y es imposible visualizar su logro si no ponemos en práctica el desarrollo de los derechos humanos y viceversa.


 ¡Haz voluntariado por los Derechos Humanos! 


¿Quieres conocer cuáles son tus derechos? ¡Te resumimos la Declaración! Y te animamos a leerla para ser consciente de lo importante que es la promoción y difusión de ella en lo que al disfrute de tus derechos y libertades respecta.

Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (…).

Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole (…).

Artículo 3. Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre (…).

Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6. Derecho (…) al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y (…) derecho a igual protección de la ley (…).

Artículo 8. Derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes (…).

Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10. Derecho (…) a ser oída (…) por un tribunal independiente e imparcial (…).

Artículo 11. 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia (…). 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos (…).

Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra (…).

Artículo 13. Derecho a circular libremente y a elegir su residencia (…). 2. Derecho a salir de cualquier país (…) y a regresar a su país.

Artículo 14. 1. Derecho a buscar asilo (…). 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos (…).

Artículo 15. 1. Derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privará (…) de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16. 1. (…) derecho a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio (…). 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. 3. La familia (…) tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17. 1. Derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18. Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia (…)

Artículo 19. Derecho a la libertad de opinión y de expresión (…).

Artículo 20. 1. Derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21. 1. Derecho a participar en el gobierno de su país (…). 2. Derecho de acceso, (…), a las funciones públicas de su país.3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público (…).

Artículo 22. Derecho a la seguridad social, y a obtener (…), la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales (…).

Artículo 23. 1. Derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. (…) A igual salario por trabajo igual. 3. (…) A una remuneración equitativa y satisfactoria (…). 4. A fundar sindicatos y a sindicarse (…).

Artículo 24. Derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, (…) y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25. 1. Derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, (…), la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios (…). 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales (…).

Artículo 26. Derecho a la educación. La educación debe ser gratuita (…) 2. Tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad (…). 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación (…).

Artículo 27. Derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y (…) el progreso científico (…). 2. Derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan (…).

Artículo 28. Derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos (…) se hagan (…) efectivos.

Artículo 29. 1. Deberes respecto a la comunidad (…). 2. Solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley (…). 3. Estos derechos y libertades no podrán, (…) ser ejercidos en oposición a (…) las Naciones Unidas.

Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse (…) para emprender y desarrollar (…) actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades (…).

Ahora ya tienes la teoría, ¿qué te parece ponerlo en práctica? No todas las personas cuentan con las mismas posibilidades para ver sus derechos desarrollados y respetados. Las condiciones de vida cambian de una casa a otra, de una ciudad a otra, de un país a otro. Por tanto, hacer lo que esté en nuestras manos para cambiar esa situación, pone de relieve nuestra condición de humanidad. ¿Qué puedes hacer? ¡Haz voluntariado! Es una forma de entregar tu tiempo, conocimientos, habilidades, amor, de forma altruista, demostrando que te importan las personas. 

En Hacesfalta puedes encontrar numerosas organizaciones que buscan perfiles de todo tipo para colaborar en sus proyectos de voluntariado que luchan por los Derechos Humanos de tod@s. ¡Anímate a ser voluntario/a!


 


 ¡Haz voluntariado por los Derechos Humanos! 


 

Hacesfalta.org Fundación Hazloposible | secciones: Voluntariado

 

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